viernes, 5 de junio de 2015

RAMSAR: POR LA NO REGRESIVIDAD

En este día 5  de Junio de 2015, en que se celebra mundialmente el "Día del Medio Ambiente", es apropiado destacar la realización en nuestro país, en Punta del Este, de la Decimosegunda Conferencia de Partes (COP 12) de la Convención de RAMSAR, designación usual y sintética para referirse a la "Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas".

Este Convenio, que fue aprobado por nuestro país por el Decreto Ley 15.337, del año 1982, es históricamente muy significativo, en cuanto el mismo se celebró aún antes de la Conferencia de Estocolmo, inaugurada precisamente el 5 de Junio de 1972 (razón histórica de la celebración de hoy día), que a todos los efectos marca simbólicamente el comienzo de las cuestiones ambientales en la agenda de las Políticas Internacionales y, en gran medida, a través de ellas, de las Políticas Nacionales de Protección Ambiental.

La materia sobre la que versa la Convención de Ramsar, es de suficiente entidad como para que este dato histórico de la antelación o prioridad que tuvo en los procesos de emergencia y consolidación de las políticas de protección ambiental, resulte plenamente justificado.

Los humedales figuran entre los ámbitos más productivos del mundo, en lo que tiene que ver a la generación de biodiversidad, fuentes de agua, y alimentación primaria, por cuyo consumo  innumerables especies vegetales y animales, subsisten. Como lo ha dicho el Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA): "…(los humedales) dan sustento a altas concentraciones de especies de aves, mamíferos, reptiles, anfibios, peces e invertebrados. Los humedales son también importantes depósitos de material genético vegetal. El arroz, por ejemplo, una especie común de los humedales, es el principal alimento de más de la mitad de la humanidad. Las múltiples funciones de los ecosistemas de humedales y su valor para la humanidad se ha llegado a comprender y documentar en grado creciente en los últimos años. Esto se ha traducido en gastos ingentes para restablecer las funciones ecológicas y biológicas de humedales degradadas o interrumpidas. Con todo esto no basta. Los empeños de los dirigentes mundiales para hacer frente a la aceleración de la crisis hídrica y a los efectos del cambio climático, ponen de relieve que se ha iniciado la carrera para mejorar las prácticas apreciablemente escala mundial. Y ello en momentos en que todo indica que la población del mundo aumentará en 70 millones de personas por año…" en nuestro tiempo. De aquí que el consumo de agua dulce continúa en aumento y por tanto será un tema crucial de las políticas públicas, en esta materia, trabajar sobre la capacidad de los humedales de adaptarse a las condiciones de cambio intenso y cada vez más rápido.

El primer desafío desde luego está a cargo de lo que formulan las políticas y toman las decisiones, muchas veces basadas en cálculos inmediatistas y economicistas, que frecuentemente infravaloran la importancia de los humedales y de los servicios que los mismos prestan a los grandes equilibrios ecológicos. No debemos ir demasiado lejos para encontrar ejemplos, los uruguayos, de consistentes atentados contra los humedales.

Los objetivos de la Convención de Ramsar están establecidos en su texto: la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales, regionales y nacionales. La convención emplea una definición amplia de los tipos de humedales abarcadas en el ámbito de la convención que incluye pantanos y marismas, lagos y ríos, pastizales húmedos, turberas, oasis, estuarios, D, zonas marinas próximas a las costas, manglares y arrecifes de coral, así como sitios artificiales, como estanques piscícolas a Rosales, embalses y Salinas.

La Convención, cuyo texto fue aprobado en una Conferencia Diplomática en la ciudad iraní de Ramsar, el 2 febrero 1971, entró en vigor en 1975 y cuenta con más de 158 países como contratantes o miembros.

El órgano central del tratado en la Conferencia de Partes que se reúne cada tres años para promover políticas y procesos técnicos que sirvan para impulsar aplicación de la Convención. Existe también un Comité Permanente representativo de las seis regiones Ramsar del mundo, una Secretaría ermanente, con sede en Suiza ys grupos subsidiarios de examen científico y técnico que orientan a la Conferencia de los principales temas relacionados con la convención.

Es interesante destacar que RaMsar lleva dos listas: una, la denominada lista de Ramsar donde se establecen los humedales que han sido incluidos expresamente la protección del tratado. Otra lista es el denominado registro de Montreaux donde se encuentran los sitios RaMsar que se encuentren con más problemas o con peligro de deterioro.

Dada la importancia ecológica de los humedales como reguladores de los regímenes hidrológicos, como hábitat y fauna y como recurso de gran valor, los mismos deben ocupar un lugar prioritario en las agendas políticas que realmente tengan vocación de protección ambiental y que puedan exhibirse como comprometida con el paradigma la sostenibilidad.

En este día del medio ambiente SOSECOSFERA, postula la necesidad de vigilar, por parte de los operadores jurídicos y de los movimientos ambientalistas comprometidos con el desarrollo y consolidación del   Derecho Ambiental y del Ordenamiento del Territorio, que se aplique el principio de no regresividad, es decir que no se retroceda respecto de protección jurídicas alcanzada, pues la salud de los humedales, de más esta decir, se vincula de manera esencial al derecho fundamental a la vida, al derecho humano a la vida y al derecho del planeta a la Vida.

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